viernes, 24 de julio de 2009

Capitulo 7: Programa de Gobierno

VII

MANO DURA CON EL DELITO


El peor problema de los chilenos

La delincuencia aparece en las encuestas de opinión como el problema que más aflige a los chilenos.
Como en toda sociedad, también en la nuestra, cuando se debilitaron los factores preventivos o disuasivos del delito, éste resurgió. Desde 1990 la prevención del delito ha dejado de tener lugar en tres aspectos:
Uno, al disolverse paulatinamente la familia tradicional, se han resentido la educación moral y la vigilancia de los padres sobre las conductas de los hijos, facilitando la posibilidad de que caigan en el delito y la droga.
Dos, al generarse artificialmente un desempleo nacido de las leyes laborales ajenas a la realidad del mercado y de la libre voluntad de las personas, los pobres y especialmente los menores en busca de ocupación, no la encuentran ni, por tanto, consiguen medios de subsistencia. Entonces caen en el delito como medio para subsistir.
Tres, se ha debilitado la legislación penal preventiva y punitiva, lo que es particularmente grave en el caso de los delitos de carácter violento.

Medidas contra el delito

En capítulos anteriores se ha definido nuevas políticas para restablecer la solidez de la familia y crear condiciones de empleo para todos. Eso incidirá en la disminución de los delitos. En éste se propone las medidas necesarias para fortalecer la legislación contra el delito y promover su aplicación más rigurosa.
En primer término, debe restablecerse la detención por sospechas. Esta es un arma preventiva que hace más eficaz el trabajo policial. Toda persona en actitud sospechosa, a juicio de la autoridad, deberá poder ser preventivamente detenida y sólo liberada cuando deje constancia de su identidad y de las circunstancias de su detención, situaciones que deberán quedar registradas entre sus antecedentes policiales. Este último registro será un aliciente muy importante para abandonar toda suerte de conductas sospechosas, que por lo común son un preámbulo de los delitos.
En segundo término, debe establecerse la imposibilidad de que logren su libertad provisional las personas detenidas que tengan procesos pendientes o que estén cumpliendo condena en libertad. Esto pondrá término a lo que se conoce popularmente como “la puerta giratoria”.
Ya es habitual que los delincuentes sorprendidos en flagrancia o capturados después de delinquir, resulten casi siempre estar procesados o condenados por uno o más hechos ilícitos anteriores. Eso debe terminar. El derecho a la libertad provisional y otros beneficios que permiten a los condenados cumplir sus penas en libertad deben ceder ante la reiteración o la reincidencia.
En tercer término, debe restablecerse la igualdad ante la ley en materia penal, borrando la impresión de que los delincuentes y terroristas son mejor tratados que los agentes del orden que han delinquido. Desde luego, debe otorgarse a los uniformados y agentes de seguridad, que derrotaron al terrorismo y la delincuencia entre 1973 y 1990, los mismos derechos y garantías que sucesivos decretos y leyes han establecido a favor de los grupos de terroristas y delincuentes.

Los establecimientos penales

La totalidad de los establecimientos penales del país deberá entregarse en régimen de concesión a particulares.
Estos establecimientos deberán estar regidos por tres normas básicas: primera, la del derecho de los internos a celdas individuales, con periódicas visitas conyugales; segunda, la de su trabajo obligatorio, para compensar económicamente a la sociedad por su propia manutención y, si quedare un remanente, para compensar el daño que han inferido; y, tercera, la progresiva constitución de colonias penales que supriman el entorno de hacinamiento y promiscuidad habitual en los recintos tradicionales, donde “el bueno se hace malo y el malo se hace peor”..
El sistema de colonias penales se implementará en lo posible en predios rurales o islas de propiedad fiscal, donde los reos paguen su deuda con la sociedad trabajando la tierra o generando otras creaciones de valor económico que puedan proponer las empresas concesionarias de esos penales.

El control sobre los jueces

Ante la evidencia de la frecuente prevaricación impune de los jueces de todos los niveles, que se ha registrado en los últimos años en materia penal, y de la tramitación inicua que sufren las querellas que buscan penar esa prevaricación, lo cual ha extendido, de hecho, un manto de impunidad sobre este delito, se debe dotar al Tribunal Constitucional de atribuciones y recursos para conocer de los delitos de prevaricación cometidos por los jueces.
Esta atribución correccional del Tribunal se extenderá tanto a los procesos incoados bajo la antigua como bajo la nueva justicia penal.
Pues, como escribió De Tocqueville hace dos siglos, “no hay peor dictadura que la de los jueces, porque es la única que no tiene remedio”. La que han sufrido numerosos chilenos en estas dos décadas puede y debe tener remedio.

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