I
DEMOCRACIA DE PERSONAS LIBRES
El gobierno de uno mismo
La democracia es el gobierno del pueblo. El primer requisito para que lo haya es, desde luego, que cada integrante del pueblo pueda gobernarse a sí mismo. Si cada cual no tiene siquiera libertad para eso, en el país no puede haber gobierno del pueblo ni democracia verdadera.
Ella existe en la medida en que más decisiones individuales prevalezcan sobre las que otras personas puedan pretender imponerle a cada miembro del pueblo. Por eso, es más democrático un país en que todos y cada uno de sus habitantes obtiene lo que quiere, que otro donde el 51 por ciento obtiene lo que quiere, pero lo impone sobre el 49 por ciento restante, que desea otra cosa.
Mientras más decisiones se tomen en un contexto individual, en lugar de tener que someterlas a las de otros, más democrático será ese contexto. Mientras más grande es el Estado, menos decisiones se adoptan en un contexto individual.
Decisiones personales y decisiones políticas
El mundo en que las decisiones de cada cual son respetadas es el que está regido por la voluntad de todos, actuando según sus preferencias. Por ejemplo, en él cada individuo puede elegir el color de su ropa, aunque la mayoría, e incluso 99,9 por ciento, difiera de él y prefiera otro.
Pero hay ciertas definiciones colectivas que exigen sobrepasar el fuero individual y someter a uno o muchos individuos a un predicamento mayoritario. Esas son las decisiones políticas. En democracia, las adopta la mayoría, pero ellas representan una limitación a esa democracia, porque privan a un número grande o pequeño de personas de ejercer su preferencia individual.
Por ser limitativas de la libertad de algunos o muchos, las decisiones políticas deben constreñirse a lo indispensable y cumplir requisitos que las hagan efectivamente representativas de lo que la mayoría quiere.
En nuestra democracia ha aumentado excesivamente el campo de las decisiones políticas, en perjuicio de la libertad de elección individual. Eso debe cambiar.
El mayor número de decisiones posible debe volver al campo de la libre elección individual.
Fin a la oligarquía partidista
En el caso de las medidas de orden político, el sistema que las rige debería garantizar, en la mejor forma posible, un marco que garantice la libertad para participar y competir en él, respetándose la igualdad de oportunidades para elegir y ser elegido y proveyendo a que el veredicto adoptado corresponda al sentir de una mayoría efectiva.
Nuestro actual sistema político-electoral no cumple con las exigencias descritas. En efecto, si bien la Constitución dice que los partidos políticos “no podrán tener el monopolio de la participación ciudadana ni gozar de privilegio alguno”, la legislación electoral les ha conferido tales privilegios que, de hecho, ha consagrado un oligopolio político. Éste sólo de manera muy excepcional ha podido ser desafiado con éxito por ciudadanos independientes que optan a cargos de elección popular.
¿Por qué ocurre ello, si la propia Constitución garantiza la plena igualdad entre los independientes y los partidos políticos, tanto en la presentación de candidaturas como en la participación en los procesos electorales?
Ocurre porque la legislación electoral confiere privilegios en ambos sentidos a los partidos. Así, ellos no deben presentar firmas para presentar candidaturas, como deben hacerlo los independientes; y también ellos tienen mejores posibilidades de hacer elegir a sus postulantes, pues los votos de uno (en el caso parlamentario) o de varios (en el municipal), son aprovechados por el otro o los otros, respectivamente, en desmedro de los candidatos independientes, que no gozan de esta posibilidad de aprovechar los votos ajenos y, por eso, en la casi totalidad de los casos, no resultan electos.
Proposiciones concretas
Para superar estos vicios de una legislación inconstitucional y perfeccionar nuestra democracia, debe modificarse la legislación electoral en los siguientes sentidos:
Primero, a la presentación de candidaturas independientes no se le debe exigir más requisitos que a las de partidos políticos. Si estos últimos pueden inscribir candidaturas sin necesidad de un respaldo de firmas, los independientes también deben poder hacerlo.
No es razón para eliminar esa exigencia, en el caso de los partidos, el hecho de que ellos, para constituirse como tales, ya hayan debido hacer un aporte de firmas respaldando su constitución. Esas firmas estaban destinadas a una finalidad específica: la de existir como colectividades. No pueden ser utilizadas para otro propósito, como lo es el de presentar candidaturas.
Por consiguiente, tanto las de partidos como las independientes deberán cumplir las mismas exigencias.
Segundo, en el recuento de los votos, éstos sólo beneficiarán al titular de ellos y, por tanto, serán elegidos los candidatos que tengan el mayor número de sufragios personales, hasta completar el número de cargos por elegir.
Debe derogarse toda disposición conducente a que los candidatos de un partido o pacto puedan beneficiarse de la votación de otros candidatos del mismo partido o pacto.
Estas normas permitirán volver al respeto de la Constitución, en cuanto ella garantiza la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos; y en cuanto prohíbe que éstos tengan privilegio alguno o monopolio de la participación ciudadana.
Al mismo tiempo, el oligopolio partidista actual, que, de hecho, controla los tres Poderes Públicos, se verá desafiado por una sana competencia de personas o de otros partidos que no deberán enfrentar las actuales barreras a la entrada, que inconstitucionalmente ha levantado la actual legislación, consagrando tal oligopolio.
En consecuencia, en Chile sólo deben ser elegidas a cargos de elección popular las personas que obtengan más votos.
viernes, 24 de julio de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario